DE LAS REMODELACIONES
- Los trabajos de remodelación y reparación en las viviendas, solo podrán realizarse en el siguiente horario: 8:30 AM. A 12:00 M. y de 1:00 PM. a 4:30 PM. (LUNES A VIERNES) y 9:30 AM. a 1:00 PM (ÚNICAMENTE LOS SÁBADOS). Excepto en caso de emergencias la cual debe ser notificada a la administración del condominio.
- Los apartamentos ubicados en P.B no podrán construir puertas de salida adicionales, excavaciones ni realizar acto alguno que pudiera afectar la seguridad, conservación, salubridad o estética del Edificio, sin el consentimiento unánime de los Copropietarios.
- El propietario ejecutará a sus únicas expensas las obras de modificación, reparación, limpieza, seguridad y mejoras que desee hacer a su apartamento, sin que pueda perturbar el uso y goce legítimo de los demás.
- Está prohibido la obstrucción de los ductos de los baños, como producto de cualquier remodelación o reparación, siendo el propietario responsable de los daños que ocasione y de los gastos en que se deba incurrir por esta negligencia.
DE LAS MUDANZAS
- Quedan terminantemente prohibidas las mudanzas los días domingo y feriados.
- Por ser esta una actividad muy sensible y de extremo cuidado, no se permitirá el ingreso de vehículos de mudanzas hasta no contar con la autorización de la Junta de Condominio y con la presencia del propietario o inquilino responsable de la mudanza
- Dada las condiciones del área de estacionamiento y la imposibilidad de ingresar un vehículo de mudanza de altas dimensiones, el propietario o inquilino que se muda, deberá tomar las previsiones necesarias para no obstaculizar el área de maniobra, y la carga o descarga de los bienes muebles debe hacerse en la zona de carga y descarga del estacionamiento a fin de no dificultar el movimiento de los demás vecinos o de los vehículos de emergencia.
- Las mudanzas solo podrán realizarse en el siguiente horario: de 8:30 AM. A 12:00 M. y de 1:00 PM., a 4:30 PM. DE LUNES A VIERNES. Los SÁBADOS de 9:00 a.m. a 2:00 p.m.
DE LOS ASCENSORES
- Queda terminantemente prohibido transportar bultos cuyo peso exceda de los 200 kilos y aquellos que por su volumen (incluyendo bicicletas) o naturaleza puedan dañar, las paredes, puertas o espejos de los ascensores.
- Los daños al ascensor, eléctricos o mecánicos, ralladuras y otros desperfectos que puedan sufrir los ascensores por contravención de la disposición anterior, serán reparados por cuenta exclusiva del copropietario o arrendatario del apartamento que directa o indirectamente los haya causado.
- Los propietarios mantendrán la vigilancia sobre el uso de los ascensores dando especial cumplimento a las recomendaciones que formulen los técnicos de mantenimiento de los mismos.
- Los niños deberán hacer uso de los ascensores acompañados de personas mayores, declinando la colectividad de copropietarios toda responsabilidad por accidentes que pueden sufrir dichos menores.
- Se prohíbe jugar pelota, manejar bicicleta o cualquier acto recreacional en las áreas del estacionamiento para eso está el área de esparcimiento.
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