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16 agosto 2014

NUEVA CUENTA BANACARIA PARA PAGAR CONDOMINIO



Saludos,
Para la nueva Junta de Condominio es un placer informarle a toda la comunidad que ya tenemos la cuenta bancaria a nombre del edificio y ya pueden realizar los pagos  en la nueva cuenta para no presenar retrasos en el pago del condominio.
En la cuenta firmamos cuatro (04) de los integrantes de la Junta de Condominio aunque para el pago de cheques sólo se requerirá la firma conjunta de dos (02) personas. La chequera nos será entregada en los próximos siete (07) días por lo que no podremos hacer pagos a proveedores de productos y servicios en este tiempo.
BANCO
Mercantil
Esquina Salas
Edif. Oeste 5, Pb, Ángulo Sur Oeste De Salas A Altagracia Y Salas A Balconcito, Parroquia Altagracia, Caracas, Distrito Capital.
(0212) 860.46.89 - 862.65.14 Fax: (0212) 861.83.04

NUMERO DE CUENTA CORRIENTE
0105-074640174602873-4

FIRMAS AUTORIZADAS
  1. Carla Zambrano
  2. Carlos Ruiz
  3. Robinson Rodríguez
  4. Paula Bencomo

PREGUNTAS FRECUENTES
1) ¿Por qué la nueva junta de condominio no habían abierto la cuenta de condominio con anterioridad?
Existe un requisito legal que debíamos presentar al banco: Copia del acta de asamblea donde se nombra la nueva junta de condominio, lo cual obligaba a realizar la asamblea y asentar los datos de los integrantes de la nueva junta de condominio en el libro de asamblea de propietarios debidamente notariado, es decir era estrictamente necesario primero actualizar el RIF, con el RIF actualizado enviar el libro de actas a la notaría, publicar el anuncio en prensa para convocar a la asamblea con diez (10) días de antelación, realizar la asamblea y escribir el acta en el libro notariado, sacarle copia y anexarlo al resto de los requisitos exigidos por el banco. Por esta razón debimos esperar con paciencia que se realizar ala asamblea el pasado Jueves 07/08/14 para coordinar luego que al menos cuatro de los seis integrantes de la Junta de Condominio pudieran ir hoy Miércoles 13/08/14 para abrir la cuenta. ¡Todo tiene su tiempo!

2) ¿ A partir de qué fecha se puede depositar en la nueva cuenta?
A partir de este momento Ud. puede realizar sus pagos en la nueva cuenta bancaria a nombre del edificio. Banco Mercantil Cuenta Corriente 0105-0746401746028734

3) ¿Si pago con un cheque a nombre de quién debo hacerlo?
Los depósitos y cheques deben realizarse a nombre de Centro Residencial San José del Ávila Torre F

4) Quiero pagar por transferencia bancaria, ¿ que datos necesito?
Si pagas por trasferencia necesitas agregar estos datos:
Titular: Centro Residencial San José del Ávila Torre F
RIF: J-29787191-8

5) Yo pagaba en efectivo, ¿puedo seguir pagando en efectivo?
No, sólo se recibirán pagos por cheque, depósitos o transferencias.

6) Quiero alquilar el salón de fiesta, ¿se paga en efectivo o se deposita en esta misma cuenta?
Debe depositar en la nueva cuenta bancaria. Cualquier pago al condominio debe ser depositado en la nueva cuenta (0105-0746401746028734) a menos que se indique lo contrario, previo acuerdo en asamblea de propietario (as) o en casos especiales donde se deba realizar un gasto que no será reflejado en su recibo de condominio. Ej. Pago de camión cisterna.

7) ¿Si quiero comprar unas llaves del cuarto de la basura, agua o gas, también se paga en la misma cuenta?
Si. y para recibir las llaves debe estar al día con el condominio.

8) Qué sucederá con la cuenta cuando finalice el período de esta junta de condominio?
En ese momento se hará un cambio de firmas, pero la cuenta bancaria seguirá siendo la misma porque la cuenta es del edificio, sólo cambiarán las firmas autorizadas.

9) ¿Por qué son tantas firmas autorizadas?
Porque el banco exige que se autorice la firma de la mitad más uno de los integrantes de la junta de condominio, en nuestro caso somos seis (06) miembros de la junta de condominio y por eso deben haber cuatro (04) firmas autorizadas. De todos modos para el cobro de cheque del condominio se exigen sólo dos firmas conjuntas autorizadas.

10) ¿Cómo se pagarán los servicios agua, luz, ascensores, servicios generales, etc., mientras no se tenga la chequera?
Algunos servicios ya fueron cancelados en efectivo, otros serán cancelados con parte del efectivo que nos fue entregado el pasado 07/08/14 por la junta saliente, los demás serán postergados hasta recibir la chequera  y cuando se active el servicio de banca electrónica podremos pagar por transferencia algunos servicios y proveedores.

11) ¿ Por qué la cuenta es en el Banco Mercantil?
Porque fue donde resultó más fácil hacer el proceso. Se visitaron también Banesco y Banco de Venezuela por ser estos tres los bancos con agencia cercanas al urbanismo, pero el proceso fue más rápido y menos engorroso en el Banco Mercantil.

12) Yo hice una pago (depósito o trasnferencia) a la cuenta anterior, ¿qué ocurrirá con ese pago realizado posterior al 07/08/14?
El día 07/0814 la junta saliente entregó cheque Nro. 36206470 del banco mercantil por un monto de Bs.F 61.822,44 y se acordó en la asamblea que cualquier pago recibido en la cuenta posterior al 07/08/14 o al cobro de este cheque debería ser transferido a la nueva cuenta del condominio. Sin embargo corresponde al depositante enviar el comprobante de pago a la nueva junta de condominio. En todo caso en la cuenta anterior no debería quedar dinero al momento de cancelar la cuenta, es decir que todo el dinero en esa cuenta debe ser transferido a la nueva cuenta del condominio y corresponde a la nueva junta de condominio conjuntamente con los propietarios la correcta  identificación de dichos pagos.


Si Ud. tiene una interrogante distinta a las planteadas en este correo por favor escríbala y nosotros le daremos respuesta lo más pronto posible porque estamos conscientes de sus derechos  como vecinos y de nuestra labor como junta de condominio de servirles, siempre haciendo uso de un lenguaje de respeto, armonía y complementariedad.

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"Las dificultades con las que hoy te topas son experiencias que mañana agradecerás, pues te  habrán dejado valiosas enseñanzas de fe, paciencia y prudencia"
Corintios 12:9 "Mi gracias es todo lo que necesitas; mi poder actúa  mejor en la debilidad"

1 comentarios:

Unknown dijo...

Si una junta de condominio apertura su propia cuenta a nombre del edificio. Es legar que se le deposite el pago del mismo a una cuenta personal de los directivo ?

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